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CORREO ELECTRONICO A LA AGENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Agencia de Servicios de Salud del Condado de Santa Cruz
Departamento de Salud Pública
-- Enfermedades y Condiciones Reportables --


 

Título 17, Código de Regulaciones de California, Sección 2500
Enfermedades y Condiciones Reportables

§2500(b) Será la obligación legal de todo proveedor de cuidado médico, consciente de, o en asistencia en un caso o caso sospechado de cualquiera de las enfermedades o condiciones a continuación, a hacer un reporte al oficial local de salud en la jurisdicción en donde radica el paciente. Cuando no hay proveedor de cuidado médico presente, cualquier persona quien tiene conocimiento de una persona con cualquiera de las enfermedades o condiciones a continuación, hará dichos reportes al oficial local de salud en la jurisdicción en donde radica el paciente.

§2500 (c) El administrador de cada unidad de atención médica, clínica, o cualquier otro lugar donde más de un proveedor de atención médica puede conocer de un caso, o un caso sospechoso o de un erupción en la unidad, establecerá procedimientos administrativos para asegurarse de hacer dichos reportes al oficial local de salud.

§2500 (a) (14) "Proveedor de cuidado médico" significa un médico o cirujano, un veterinario, un podiatra, una enfermera diplomada, un médico auxiliar, una enfermera licenciada, una enfermera partera, una enfermera escolar, un profesional de control de infección, un examinador médico, un médico forense, o un dentista.

Requisitos de Urgencia en Reportar [17 CCR §2500 (h) (i)]

phnred.gif - 0.83 K = Haga su reporte INMEDIATAMENTE por teléfono.

phnblu.gif - 0.83 K  FAX mail3.gif - 0.18 K = Haga su reporte por teléfono, fax o correo dentro de UN DÍA LABORAL del momento de la identificación del problema.

*Toda Otra Enfermedad/Condición Debe Reportarse por Teléfono, FAX, o Correo dentro de SIETE (7) DÍAS del momento de la identifaicación del problema.

Enfermedades Contagiosas Reportables [17 CCR §2500 (j) (l)]: 

(Enfermedades A-D, E-L, M-R, S-Z)

Condiciones No Contagiosas Reportables [§2500(j)(2)]:

  • Cáncer (excepto cáncer basal o de la células escamosas de la piel) *

  • Enfermedad de Alzheimer y Condiciones Relacionadas^

  • Desórdenes Caracterizados por de Pérdida de Consciencia ^

* Reporte al la Oficina de Vigilancia de Cáncer al (714) 824-2680 o fax al (714) 824-4773.
^ Hacer Reporte al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV), Dirección de Seguridad del Conductor al (619) 627-3901 o fax al (619) 627-3925.


Información de Números Telefónicos y de Fax para Reportes

Número de Fax para Reportes:
(831) 454-5049

Número Telefónico para Reportes:
(831) 454-4114 de lunes a viernes durante horas laborales, y (831) 471-1183 de lunes a viernes después de la 5 pm, y todo el día los fines de semana y días festivos

Dirección de Correo para Reportes:

Agencia de Servicios de Salud del Condado de Santa Cruz

1060 Emeline Ave

Santa Cruz, CA. 95060

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   Dirección de Correo: Agencia de Servicios de Salud del Condado de Santa Cruz
   1080 Emeline Avenue, Santa Cruz, CA 95060
   Telf: 831 454 4000 | Fax: 831 454 4770
   Personas Con Impedimentos de Oido (TTD): 831 454 2123
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